A- de 2024
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Ana Lucinda Herrera De Bustos·Demandado Unidad De Restitucion De Tierras Despojadas Y Abandonadas Forzosamente
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio y el Juzgado Sexto Civil del Circuito de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho no sólo realizó un análisis a priori e indebido de los hechos de la demanda, sino que mal interpretó el mecanismo de amparo y consideró que era necesario tramitarlo como un incidente de desacato.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, observe detenidamente la jurisprudencia constitucional en materia de conflictos de competencia y se abstenga de imponer barreras en el acceso a la administración de justicia.
Lo anterior, conforme a lo indicado en el presente proveído.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 6 de junio de 2024 proferido por el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, dentro de la acción de tutela formulada por la señora Ana Lucinda Herrera de Bustos en contra de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4709 al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio que, en lo sucesivo, observe detenidamente la jurisprudencia constitucional en materia de conflictos de competencia y se abstenga de imponer barreras en el acceso a la administración de justicia. Esto a partir de lo indicado en los fundamentos jurídicos 12 al 14 de la presente providencia.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la accionante y al Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Villavicencio de la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.